COLFUTURO Informe de labores 2018

El 25 de agosto de 2017 se celebró la audiencia inicial dentro del proceso. El juzgado negó las excepciones previas. COLFUTURO y Colciencias interpusieron recurso de apelación, que fue negado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En consecuencia, el juzgado fijó el 8 de febrero de 2019 como fecha para continuar con la audiencia. Probabilidad de éxito estimada: 50 % Acción de controversias contractuales de Johanna Alejandra Aristizábal Galvis contra Colciencias y COLFUTURO Colciencias le retiró su apoyo a la estudiante por no haber cumplido con el requisito mínimo de inglés exigido por la Universidad de Leeds (Reino Unido) para iniciar sus estudios doctorales. Ante esta decisión, la señora Aristizábal presentó una demanda ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sección Tercera, subsección A. Pretende el pago de $403 millones a título de indemnización por daños y perjuicios. El Tribunal inadmitió la demanda, posteriormente subsanada por la demandante y admitida por el Tribunal. El 11 de abril de 2018 se celebró la audiencia inicial. El Juzgado negó las excepciones previas. COLFUTURO y COLCIENCIAS interpusieron recurso de apelación, recurso que suspendió el proceso hasta que el Consejo de Estado decida. Probabilidad de éxito estimada: 50 % Procesos de cartera Demanda verbal Catalina Canales Ulloa presentó una demanda verbal de menor cuantía ante el Juzgado 5º Civil Municipal de Bogotá. Pretende el reintegro de COP 37 millones para que se le compense el efecto del aumento del dólar. Solicita además COP 22 millones como indemnización de perjuicios por daños a su vida privada, para un total de COP 59 millones. A la fecha, este caso fue fallado a favor de COLFUTURO, proceso que terminó con sentencia de segunda instancia, proferida por el Juzgado 10 Civil del Circuito de Bogotá, favorable a los intereses de COLFUTURO. El Juzgado consideró que no le asiste razón a la demandante en su reclamación judicial porque no puede alegar imprevisión en la ejecución del contrato suscrito, toda vez que ella conoció previamente las condiciones para la liquidación del crédito. INFORME DE LABORES 2018 16 COLFUTURO

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